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AUTORIZACIÓN DE REPRESENTACIÓN PARA LA HOMOLOGACIÓN,

EQUIVALENCIA, CONVALIDACIÓN O RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS

EXTRANJEROS

D./D.ª

mayor de edad, de nacionalidad

titular del DNI/NIE/Pasaporte n.º

con domicilio a efectos de notificaciones en


AUTORIZA y OTORGA SU REPRESENTACIÓN


a favor de DON FRANCISCO JAVIER ROMBOLÁ MARTÍNEZ, abogado,

colegiado n.º 48.713 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

(ICAB), para que actúe en su nombre y representación en la preparación, presentación, impulso, seguimiento y finalización de los procedimientos administrativos relativos a la homologación, declaración de equivalencia, convalidación o reconocimiento en España de títulos, diplomas, estudios o cualificaciones académicas y profesionales obtenidos en el extranjero.


La representación se ejercerá ante:


  • El Ministerio competente en materia de Educación y Formación Profesional.

  • El Ministerio competente en materia de Universidades.

  • El Ministerio de Justicia.

  • Las universidades públicas y privadas españolas.

  • Las comunidades autónomas y sus órganos educativos.

  • Las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.

  • Los consulados y oficinas diplomáticas de España.

  • Los registros administrativos y sedes electrónicas correspondientes.

  • Los colegios profesionales y autoridades competentes para el reconocimiento de cualificaciones profesionales.

  • La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), cuando corresponda.

  • Cualquier otro organismo, Administración pública, entidad o autoridad que deba intervenir en la tramitación del expediente.


FACULTADES OTORGADAS


La presente autorización comprende expresamente las siguientes facultades:


  • Preparar, cumplimentar y presentar solicitudes de homologación, declaración de equivalencia, convalidación o reconocimiento de títulos, estudios o cualificaciones obtenidos en el extranjero.

  • Presentar solicitudes y documentación a través de las sedes electrónicas, registros administrativos y demás canales legalmente habilitados.

  • Aportar títulos, certificados académicos, programas de estudios, planes formativos, acreditaciones profesionales, traducciones juradas, legalizaciones, apostillas y cualquier otra documentación necesaria para la tramitación.

  • Presentar escritos, declaraciones, comunicaciones, alegaciones, aclaraciones, subsanaciones y documentación complementaria.

  • Atender los requerimientos formulados por la Administración, universidades u organismos competentes.

  • Solicitar información sobre el estado de tramitación y acceder al expediente administrativo, así como consultar, examinar y obtener copia de los documentos que lo integren.

  • Recibir comunicaciones y notificaciones, tanto electrónicas como presenciales, acceder a su contenido y acusar su recepción, con los efectos legalmente previstos.

  • Comparecer ante los ministerios, universidades, Administraciones públicas, consulados, registros y demás organismos competentes.

  • Solicitar y retirar certificados, credenciales, resoluciones y cualquier otra documentación expedida durante la tramitación o como consecuencia de su resolución.

  • Abonar o acreditar el pago de las tasas administrativas correspondientes, cuando proceda, por cuenta de la persona autorizante.

  • Solicitar certificados o acreditaciones relativos a la inscripción del título homologado, convalidado o reconocido en los registros oficiales correspondientes.

  • Formular solicitudes de rectificación de errores materiales o de modificación de datos personales o académicos incorporados al expediente y cualquier otro tipo de escrito que sea necesario para el impulso del expediente o de requerimientos de la administración.

  • Interponer recursos administrativos y presentar alegaciones frente a resoluciones desfavorables, siempre que esta actuación se encuentre incluida en el servicio contratado o haya sido expresamente encomendada por la persona autorizante.

  • Desistir de solicitudes o renunciar a derechos únicamente cuando exista autorización expresa y específica de la persona autorizante para dicha actuación.

  • Realizar, en general, cuantos actos de trámite resulten necesarios para la correcta gestión, impulso y finalización del expediente administrativo.

  • La persona autorizante permite expresamente que las actuaciones administrativas y notificaciones relacionadas con el procedimiento se entiendan con su representante, salvo aquellas que, por disposición legal, exijan su comparecencia o actuación personal.

ALCANCE Y VIGENCIA

La presente autorización se otorga exclusivamente para la tramitación del procedimiento de:

Elige los trámites autorizados

Títulos o Estudios objeto del Procedimiento

Universidad o Institución de Origen

País de Expedición

Documento Presentado
DNI/TIE/NIE
PASAPORTE
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Por favor, firme en el recuadro para confirmar su consentimiento para la representación y aceptación de la política de protección de datos.

Fecha de firma
Día
Mes
Año

ACEPTACIÓN DEL REPRESENTANTE

DON FRANCISCO JAVIER ROMBOLÁ MARTÍNEZ, Abogado, colegiado n.º

48.713 del ICAB, acepta la representación del Solicitante. Firma:



Lugar:


Fecha:

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